Las redes P2P no vulneran la Ley de Propiedad Intelectual
July 11th, 2009
Me hago eco de esta noticia que nos cuenta nuestro querido e idolatrado, aunque una vez le escribí y aún estoy esperando respuesta
, David Bravo.
Como no sé expresarme tan bien como él, ni entiendo una mierda de derecho (a mi lo que me va es el renglón torcido
), os copio a modo de cita su explicación aquí debajo:
La resolución (un auto denegatorio de medidas cautelares) analiza a todos los sujetos que pueden intervenir en una relación p2p (el creador de la herramienta, el intermediario que provee enlaces, que en este caso es el demandado, y el propio usuario) para concluir que ninguno de ellos infringe derecho de propiedad intelectual alguno. El primero porque se trata de una mera herramienta de transmisión de datos, el segundo porque no explota ningún derecho de propiedad intelectual y el tercero porque su actividad encuentra acomodo en el derecho de copia privada.
Así que, queridos internautas, dejad de lado los miedos ¡y a compartir porno to Dios!
Fuente: David Bravo
